Políticas · ISSN-e 2387-1768

Revisión por pares

RI-SHUR aplica un sistema de arbitraje por pares doble ciego (double-blind peer review) en el que la identidad de autoría y evaluación se mantiene mutuamente anónima durante todo el proceso.

Fases del proceso editorial

  1. Recepción y control de admisibilidad. La Secretaría verifica el cumplimiento de las normas de envío, el carácter inédito del trabajo y su ajuste al alcance de la revista.
  2. Cribado editorial inicial. La Dirección o un miembro delegado del Consejo de Redacción evalúa el interés, originalidad y rigor mínimo del manuscrito.
  3. Análisis de similitud. Todo original admitido pasa por una herramienta antiplagio (p. ej. iThenticate / Unicheck).
  4. Revisión doble ciego. El manuscrito se envía a al menos dos personas revisoras externas a la institución de la autoría, especialistas en la materia. En caso de discrepancia, se solicita una tercera evaluación.
  5. Decisión editorial. Aceptación, aceptación con modificaciones menores, revisión mayor con nueva evaluación, o rechazo. La decisión final corresponde a la Dirección.
  6. Edición, maquetación y asignación de DOI. Los trabajos aceptados se editan, corrigen y publican con identificador persistente y metadatos en español e inglés.

Criterios de evaluación

  • Originalidad y relevancia para el campo.
  • Solidez metodológica y rigor argumentativo.
  • Actualidad y adecuación de las fuentes.
  • Claridad expositiva y calidad formal del texto.
  • Aportación al debate académico o a la práctica profesional.

Plazos orientativos

  • Cribado editorial inicial: hasta 3 semanas.
  • Ronda de revisión externa: 6 – 10 semanas.
  • Decisión editorial tras revisión: 2 semanas.

Personas revisoras externas

La revista mantiene un panel dinámico de personas revisoras externas a la Universidad de Málaga, con adscripción a universidades y centros de investigación nacionales e internacionales. Anualmente se publicará el listado agregado de personas revisoras que han colaborado en el volumen (con afiliación institucional y sin vincular nombres a manuscritos concretos), como reconocimiento de su labor y garantía de transparencia frente a Latindex y Scopus.

Conflicto de intereses

Las personas revisoras deben declarar cualquier conflicto de intereses antes de aceptar el encargo y abstenerse cuando exista relación institucional, personal, comercial o de coautoría reciente con la autoría del manuscrito.