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RI-SHUR · Review International on Sustainable Housing and Urban Renewal
RI-SHUR
4 · 2016
Periodicidad anual
ISSN 2387-1768
Grupo de Investigación
PASOS Vivienda
Universidad de Málaga

2016

4

10 artículos · RI-SHUR

Sumario

  • 001

    La ciudad compartida

    Teresa Parejo Navajas

    Los bienes comunes son aquellos que pertenecen a la colectividad y, por tanto, son de todos y de nadie al mismo tiempo. Su protección constitucional –referida, en principio, solo a bienes materiales; así, por ejemplo, en el artículo 132 de la Constitución española (los llamados bienes públicos por naturaleza, especialmente las aguas continentales y la costa y el mar territorial)-, pretende otorgarles la mayor garantía jurídica para que no estén al albur de los gobiernos de turno. Ocurre que esta garantía está lastrada en muchos casos (por ejemplo en España) por la concepción de que el “dominio público” no es tanto una propiedad fiduciaria del Estado, como una propiedad a secas y, por ello, cabe la desafectación de bienes concretos, que –convertidos así en bienes patrimoniales- pueden ser enajenados (privatizados). Lo público (dominado por el Estado) y lo privado (dominado por las grandes corporaciones ), en aparente contradicción, son en realidad lo mismo, pues tanto uno como otro tienen su interés en el mercado.

    145-153
  • 002

    La evolución de la agenda urbana de la Unión Europea

    Moneyba González Medina · María Ángeles Huete García · Rafael Merino Rodríguez

    El proceso conducente a la elaboración de una Agenda urbana europea se ha desarrollado a lo largo de más de dos décadas. Su objetivo ha sido la construcción de una Política de desarrollo urbano capaz de afrontar los retos urbanos del territorio comunitario de acuerdo con un enfoque sostenible e integrado. La institucionalización de este proceso comenzó en 1997 con la publicación de la comunicación de la Comisión Europea “Hacia una política urbana para la Unión Europea” y ha desembocado en la reciente aprobación de dicha agenda en el marco del “Pacto de Ámsterdam”, firmado en la reunión informal de ministros de asuntos urbanos celebrada el 30 de mayo de 2016. El presente trabajo analiza la evolución de este proceso, deteniéndose en sus antecedentes, desarrollo y estadio actual, destacando sus principales fases y características.

    83-95
  • 003

    Comentario sobre las nuevas formas de gobernanza

    Avelino Blasco Esteve · Joana Socías Camacho · Tomeu Trías Prats · Aina Salom Parets

    En el año 2010, se aprueba en las Islas Baleares la Ley 8/2010, de 27 de julio, de Medidas para la Revalorización Integral de la Playa de Palma. Esta ley nació con la vocación de declarar la revalorización de la Playa de Palma como  objetivo prioritario y de interés público, una vez constatado el declive turístico, urbanístico y comercial de la zona y sus repercusiones negativas en un enclave estratégico para la primera industria de las Illes Balears. Esta Ley establece el instrumento denominado Plan de Reconversión de la Playa de Palma, sobre el cual pivotan las operaciones de revalorización y rehabilitación previstas en la Ley.

    140-144
  • 005

    Nuevas formas de gobernanza metropolitana

    Manuel Carrero de Roa

    La incapacidad, por rígida e impositiva, para abordar la problemática de las grandes aglomeraciones urbanas supramunicipales de la figura específicamente prevista en la arquitectura administrativa territorial española, el área metropolitana, ha conducido a la búsqueda de soluciones alternativas, mediante estructuras organizativas con mayor o menor grado de ejecutividad, herramientas de planeamiento territorial o estratégico, bien de manera aislada o en combinación. Asturias aborda un nuevo intento de la ineludible ordenación de su territorio metropolitano central, y la cuestión de su gobernanza surge en un contexto desconfianza de los concejos respecto de la Administración Autonómica y escasa cultura de la cooperación interterritorial. En este trabajo se analizan las distintas fórmulas y sus cualidades para aprovechar las actuales condiciones favorables y situar el Área Central de Asturias en una posición homologable a las áreas metropolitanas europeas.

    97-109
  • 006

    Gobernanza y desarrollo inclusivo en materia de accesibilidad y rehabilitación de ciudades emergentes

    Nieves Navarro Cano

    Al tratar de innovación urbana de las ciudades, se incorpora en el concepto de ciudades inteligentes, a aquellas que usan la tecnología para incrementar la eficiencia y la sostenibilidad de sus servicios, sin embargo, en pocas ocasiones se integra la valoración del criterio de ciudad “inclusiva y accesible”. El objetivo de éste artículo es, trasladar la necesidad de incluir éste nuevo concepto, en la “gobernanza de las ciudades”, un aspecto esencial, que garantiza la inclusión de todas las personas, cualquiera que sea su condición, lo cual implica adherir los términos de accesibilidad y la diversidad. Se pretende contemplar que los derechos escritos, reconocidos para las personas con discapacidad, se realicen en la realidad para conseguir la participación activa de todos en la ciudad, sea cual sean sus condiciones y capacidades. Se resalta la necesidad de hablar de inclusión de personas con otras capacidades o diversidad funcional, como concepto innovador que no discrimina a nadie e incluye a todos, es decir como elemento dinamizador de aplicación a la gobernanza de la ciudad. Se pretende incorporar un nuevo concepto en el diseño de la gobernanza de las ciudades, que no es otro que la ciudad destinada para los ciudadanos, como elemento esencial que rige su misión y valor, en el que es preciso incorporar a todos los ciudadanos, sin exclusión social, por lo que debemos garantizar la inclusión de las personas con diversidad funcional.

    68-82
  • 007

    Planes territoriales y urbanísticos

    Joan Manuel Trayter Jiménez

    Este trabajo se estructura en dos partes. La primera de ellas, tiene por objeto el estudio de la situación actual respecto a los planes territoriales y urbanísticos, analizando la distinción entre ambos tipos de planificación, para analizar a continuación los concretos instrumentos de planificación, tanto territoriales como urbanísticos, que derivan de la regulación vigente en Cataluña, así como los sistemas de difusión o publicidad respecto a los mismos. La segunda, analiza las perspectivas de futuro respecto a los planes territoriales y urbanísticos. Todo ello es tributario del sistema de planificación ideado por el Profesor BALLBÉ en la Ley del Suelo de 1956, pionera en su tiempo.

    50-67
  • 008

    El derecho a la ciudad

    Fátima E. Ramallo López

    El Derecho a la ciudad se puede definir como un Derecho colectivo, republicano, de tercera generación que nace de la configuración jurídica del principio de desarrollo sostenible aplicado al urbanismo. No obstante, su reconocimiento y configuración legal es bastante compleja por varias razones que deben ser objeto de reflexión y estudio.

    8-36
  • 009

    La reforma de los gobiernos locales en España

    Federico A. Castillo Blanco

    Tras sucesivos anteproyectos, elaborados uno tras otro a lo largo de más de un año, en julio de 2013 el Gobierno de España aprobó finalmente un texto que abordaba la reforma parcial del régimen local español bajo la denominación de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. El debate, como podía imaginarse, estuvo servido desde el principio. Y, ciertamente, el texto finalmente aprobado, la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, aunque incorpora importantes medidas especialmente desde la lógica de la sostenibilidad financiera de las haciendas locales, dista mucho en el fondo y en la forma de los primeros borradores conocidos. Y desde luego dista aún más de haber afrontado con solvencia los retos que la planta local española presenta y que, a diferencia de otros países europeos (Grecia y Portugal significativamente) no ha transitado por la reducción del número de entidades locales.

    110-139
  • 010

    La participación ciudadana en el proceso planificador

    Omar Bouazza Ariño

    La cuestión de la participación ciudadana en la vida administrativa ha adquirido en los últimos años un interés renovado, erigiéndose, podemos bien decir, en uno de los retos jurídicos del siglo XXI. Uno de los ámbitos donde quizá se contempla con más fuerza la irrupción de este instituto es la ordenación territorial y urbanística, tanto general como sectorial, ya que se observa como una herramienta práctica para combatir las críticas de aquellos que desconfían de la capacidad de la Administración de ordenar mediante un instrumento de planificación, la compleja y cambiante vida socioeconómica, territorial, ambiental y cultural de un Estado, región o entidad local. Herramienta práctica, pues, que da entrada a la formulación de un plan lo más ajustado a las necesidades reales de la sociedad dando una amplia participación a ésta, antes de la conclusión del instrumento de ordenación.

    37-49